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Qué es una emergencia?

PR81172Se considera emergencia cuando el paciente está en riesgo de perder la vida o función de uno de sus órganos. Podemos mencionar los siguientes casos como ejemplo:

  • Politraumatismos
  • Quemaduras
  • Dificultad respiratoria
  • Pérdida de la conciencia
  • Hemorragias
  • Parto inminente
  • Intoxicaciones
  • Heridas graves


Documentos necesarios

  • Cédula de Identidad
  • Carné de afiliación

De no proveer la documentación solicitada, el familiar o representante firmará una letra de cambio y entregará con la cédula de identidad, documentos que serán devueltos al legalizar el derecho.

Al paciente indocumentado, le proporcionaremos atención únicamente en caso de emergencia. Los familiares o acompañantes demostrarán en un tiempo perentorio (48 horas) la condición de afiliado para continuar con el tratamiento.


Certificados

Si el paciente necesita reposo, el médico extenderá una orden, la que deberá canjearse con el Certificado en la Secretaría de Urgencias, en el siguiente horario: 08h30 a 10h00 y de 14h30 a 15h30.


Atención médica

Deberá acercarse a la ventanilla de recepción, para abrir una hoja de atención médica. Luego pasará a la sala contigua donde le toman los signos vitales y le indican el número del consultorio médico al que debe acudir.

A los pacientes en condiciones críticas, serán trasladados directamente al interior de Urgencias para su inmediata atención.

Las pacientes que acuden por parto, serán evaluadas por el ginecólogo y transferidas a Sala de Partos, después de legalizar su ingreso en la Oficina de Admisión. Para recibir esta atención necesita 12 imposiciones mensuales consecutivas.

Cuando el paciente amerita permanecer durante varias horas sometido a observación médica, ingresará a la Unidad de Observación. La permanencia de un paciente no podrá ser mayor de 48 horas, excepto en los casos debidamente comprobados.

A los pacientes no afiliados, se les dará atención únicamente hasta haber superado el peligro inmediato para salvar su vida. Una vez logrado esto, el médico dará la orden para transferirlo a otro unidad médica del Ministerio de Salud o a la que elija el enfermo.

Los únicos casos de atenciones subsecuentes permitidos serán los de curaciones.

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Hospital “Carlos Andrade Marín”
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